Bienvenidos al mundo de la literatura y los cómics.
La autoría es irrenunciable, pero con los derechos de propiedad intelectual se puede llegar a acuerdos de explotación comercial. Algo que siglos atrás no existía pero que afortunadamente para los autores se consolidó especialmente durante el siglo XX. Pero incluso esa libertad tiene sus límites, y esto es lo que sucede cuando las obras pasan a dominio público.
Tras el Convenio de Berna se estableció un plazo mínimo de 50 años tras la muerte del autor, aunque las regulaciones de distintos países (y en atención a diversas circunstancias) amplían ese plazo hasta 70, 80 y 100 años según los casos. En España la Ley de Propiedad Intelectual es la que lo regula. Y luego están las obras anónimas, las publicadas bajo seudónimo, aquellas cuyo autor se conoce pero no se puede localizar (y por tanto no se puede calcular el momento de su muerte).
Hoy hablamos de todos estos temas, de importantísimas repercusiones legales y que permiten, por ejemplo, que estos últimos años se hayan estrenado tantas película de serie B en las que el terror se ha dedicado a mostrar versiones macabras y sanguinarias de Winnie Pooh, los Tres Cerditos, Popeye, Bambi o hasta el mismísimo ratón Mickie.
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